El Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria (SENASICA) y la normatividad asociada a la sanidad animal definen "Hato Libre" de la siguiente manera:
Definición de Hato Libre (SENASICA)
Un Hato Libre es el estatus zoosanitario que se le otorga a una Unidad de Producción Pecuaria (UPP) o rebaño tras demostrar que los animales están libres de ciertas enfermedades infectocontagiosas, principalmente la Tuberculosis Bovina y la Brucelosis en los animales.
Fundamento: Este estatus se otorga como parte integral de las Campañas Nacionales aplicadas por SENASICA contra estas enfermedades.
Requisito: Para obtener esta constancia, los animales deben tener resultados negativos a las pruebas de diagnóstico realizadas por un Médico Veterinario Autorizado.
Certificación: Un Hato Libre es un hato que cuenta con la constancia vigente correspondiente expedida por la Secretaría (SENASICA).
Hato Libre Certificado (HLC): Es un aseguramiento de hatos libres en regiones en control, con la finalidad de movilizar ganado hacia regiones en fases más avanzadas o para la exportación de animales.
El SENASICA establece los procedimientos y requisitos específicos en las Normas Oficiales Mexicanas (NOM) para la Campaña Nacional contra la Tuberculosis Bovina y la Brucelosis en los Animales.
Aquí están los requisitos clave para la obtención de la Constancia de Hato Libre para estas dos enfermedades:
Requisitos para la Constancia de Hato Libre (SENASICA)
Los requisitos principales giran en torno a la aplicación de pruebas diagnósticas oficiales con resultados negativos a la totalidad del ganado susceptible en la Unidad de Producción Pecuaria (UPP), realizadas por un Médico Veterinario Autorizado o Aprobado.
1. Para la Tuberculosis Bovina (NOM-031-ZOO-1995 y Acuerdos relacionados)
El número de pruebas y el intervalo varían según el propósito zootécnico del ganado:
Requisitos Adicionales Clave:
Identificación: Todo el ganado debe estar identificado con el arete oficial SINIIGA.
Aislamiento: Se debe tener un sistema de control de entradas y salidas para evitar la introducción de animales sin pruebas.
Revalidación: La constancia de Hato Libre tiene una vigencia (generalmente 12 meses) y debe revalidarse anualmente mediante una nueva prueba diagnóstica negativa a la totalidad del hato.
Hato Libre Certificado (HLC): Para obtener este estatus, especialmente con fines de exportación a EE. UU., se requiere haber estado como Hato Libre por al menos dos años y que las pruebas de certificación y revalidación sean realizadas exclusivamente por Médicos Veterinarios Oficiales de SENASICA.
2. Para la Brucelosis en Animales (NOM-041-ZOO-1995)
Aplica para bovinos, ovinos y caprinos. Los requisitos de pruebas son similares a los de Tuberculosis:
Requisitos Adicionales Clave (Brucelosis):
Eliminación de Reactores: Si se detectan animales positivos a las pruebas (reactores), deben ser identificados y eliminados del hato mediante sacrificio en un rastro aprobado, en un periodo corto después del diagnóstico.
Vacunación: En algunas regiones y para ciertas fases de la campaña, la vacunación es obligatoria o recomendada (ej. cepa S-19 o RB51 en hembras bovinas), pero la Constancia de Hato Libre requiere pruebas negativas.
En resumen:
La clave es demostrar, a través de múltiples muestreos, que no hay animales enfermos en la UPP, garantizando así la sanidad del ganado que se moviliza a otras zonas o se destina a la exportación.